La adquisición de su residencia principal es un momento importante, muchas ventajas pueden atraerle.
¿Quizás eres un usuario primerizo y no sabes por dónde empezar?
Compraste hace unos años, pero las normas, las leyes están cambiando, necesitas ser asesorado.
Siempre has comprado en el viejo pero en el momento de la jubilación quieres un pied-à-terre sin trabajo, de fácil acceso, cerca de las tiendas...
La finca Pléiades es capaz de acompañarle de la A a la Z en esta importante etapa de su vida.
De hecho, reunimos una gran parte de la oferta del mercado con los mayores promotores nacionales y regionales.
En el contexto de la compra de su residencia principal, puede beneficiarse de la ayuda estatal.
El préstamo sin intereses (PTZ) es un préstamo asistido por el estado que le permite comprar su casa si no ha sido propietario de su residencia principal en los últimos 2 años, sujeto a una prueba de medios.
La cantidad de la PTZ depende de la zona en la que se compra la casa.
El préstamo sólo puede financiar parte de la compra, debe complementarlo con uno o más préstamos y posiblemente una contribución personal.
Esta vivienda debe ser nueva o vieja con obras.
Para las condiciones actualizadas puede consultar el sitio: https://www.service-public.fr/particuliers/vosdroits/F10871
Además, si compras en la zona ANRU (Agencia Nacional de Renovación Urbana), es posible, bajo ciertas condiciones, combinar la PTZ con un IVA reducido en ciertos programas inmobiliarios.
Para quienes deseen adquirir su residencia principal, la ley de finanzas permite beneficiarse de las ventajas de las "ventajas fiscales":
Si revende su propiedad antes de 10 años, tendrá que pagar un impuesto adicional equivalente al 100% de la diferencia entre la tasa reducida y la tasa estándar de IVA, menos una décima parte por cada año de propiedad a partir del primer año.
Ejemplos: después de 5 años, tendrás que devolver el 50% de la diferencia entre las dos tasas;
Después de 7 años de tener la propiedad: 30%;
Después de 9 años: 10%.
De hecho, cuando la reventa se produce más de 10 años después de la adquisición, ya no se debe pagar.
Hay excepciones, que permiten la disposición de los bienes propios, dentro de este período de 10 años. El beneficio para el comprador del tipo reducido de IVA no se pondrá en duda en uno de los siguientes casos:
Para las condiciones actualizadas puede consultar el sitio: https://www.impots.gouv.fr/portail/particulier/achat-dans-le-neuf
Durante nuestra cita, podremos estudiar este tema juntos para ver si se puede beneficiar de él.
TIPO DE GARANTÍA | DURACIÓN | PUNTO DE PARTIDA | REFERENCIAS LEGALES |
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Defectos aparentes | 1 mes | Expiración del mes siguiente a la entrega de las llaves al comprador. | 1642-1 y 1648 párrafo 2 del Código Civil |
La terminación perfecta | 1 año | Recepción con empresas | 1792-6 del Código Civil |
Aislamiento acústico | 1 año | Entrega de la llave al comprador | L111-11 del Código de Construcción |
Bienal o se dice que está en buen estado de funcionamiento | 2 años | Recepción con empresas | 1792-3 del Código Civil |
Decenal | 10 años | Recepción con empresas | 1646-1 y 1792/1792-2 del Código Civil |
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